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 | PROGRAMA MÉDICO ASISTENCIAL 2023/2024.

La Obra Social del Personal del Papel, Cartón y Químicos, teniendo en cuenta las Normativas y especificaciones establecidas en el Programa Médico Obligatorio, ha implementado un Programa Médico Asistencial de acuerdo a las necesidades de sus afiliados que con sus familiares a cargo constituyen un padrón de 22.497 beneficiarios, que por edad, sexo (Pirámide poblacional) y lugar de residencia están distribuidos de acuerdo al detalle que se presenta en el archivo adjunto.
El objetivo primordial está puesto en llevar a cabo acciones de prevención, tratamiento y recuperación de la salud, teniendo en cuenta un acceso prestacional igualitario, la calidad y eficiencia de las mismas para ayudar a disminuir de una manera significativa la morbimortalidad.
Nuestra población comprende a personas entre 0 y 65 años, salvo muy pocas excepciones, 146 beneficiarios que superan este tope por estar tramitando los beneficios previsionales y por lo tanto las principales enfermedades que las afectan son aquellas que están en concordancia con este rango etario.

DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN DE SALUD

Para efectuar el diagnóstico de salud de nuestra población nos basamos en los motivos de consulta en el ambulatorio, en las epicrisis de las internaciones, en las prescripciones médicas de medicamentos, en los diagnósticos que constan en los estudios de alta complejidad solicitados y en las entrevistas a diferentes especialistas.
Si tomamos en cuenta 3 sub-poblaciones del cuadro que está desarrollado en la página siguiente, podemos inferir las siguientes conclusiones:

Del grupo de nuestra población que comprende el rango de 0 a 5 años, las principales patologías prevalentes son:

Afecciones perinatales con el 30%
Enfermedades respiratorias: 22%
Traumas: 5%
Hombres de 45 a 65 años:
Hipertensión arterial: 40%
Dislipemias: 31%
Enfermedades Metabólicas: 14%
Mujeres de 25 a 45 años:
Enfermedades Ginecológicas: 37%
Enfermedades digestivas: 30%
Enfermedades Metabólicas: 15%

A continuación enumeramos las patologías prevalentes según el rango etario general cada 5 años

DIAGNÓSTICO DE SALUD SEGÚN EDAD Y SEXO POR GRUPOS DE 5 AÑOS

EDAD MUJERES HOMBRES
0 A 5 AÑOS Afecciones perinatales. Enfermedades Respiratorias Afecciones perinatales. Enfermedaes Respiratorias.
6 A 10 AÑOS Enfermedades respiratorias, Enfermedades comunes de la infancia y estacionales Enfermedades respiratorias, comunes de la infancia y estacionales. Traumas diversos
11 A 15 AÑOS Enfermedades estacionales y trastornos del desarrollo (Menarca) Enfermedades estacionales. Lesiones deportivas
16 A 20 AÑOS Enfermedades estacionales. Trastornos alimentarios Enfermedades estacionales. Lesiones deportivas. Drogadiccion
21 A 25 AÑOS Enfermedades de transmisión sexual y otras relacionadas con embarazos y partos Enfermedades estacionales y de transmisión sexual. Lesiones por accidentes en la vía pública
26 A 30 AÑOS Enfermedades Digestivas y Ginecológicas en general Enfermedades estacionales. Lesiones musculares y por accidentes en la vía pública
31 A 35 AÑOS Infertilidad. Enfermedades de transmisión sexual Lesiones musculares y por accidentes en la vía publica. Fracturas óseas
36 A 40 AÑOS Enfermedades ginecológicas incluyendo patologías mamarias. Infertilidad. Lesiones musculares por esfuerzos y traumatismos varios
41 A 45 AÑOS Enfermedades Metabolicas (Hipotiroidismo, Diabetes), Obesidad. Várices. Cáncer Génito Mamario. Enfermedades Metabólicas (Diabetes), Enfermedades respiratorias crónicas (Tabaquismo)
46 A 50 AÑOS Enfermedades Ginecológicas y Metabólicas. Trastornos de ansiedad. Dislipemias Hipertensión arterial. Cardiopatias, Dislipemias
51 A 55 AÑOS Enfermedades Ginecológicas. Sindrome Menopáusico Trastornos de ansiedad y depresión Enfermedades cardiovasculares. Hipertensión Arterial. Patologías prostáticas
56 A 60 AÑOS Enfermedades Osteomusculares (Artritis, Artrosis. Osteoporosis. Hipertensión Arterial Enfermedades cardiovasculares y prostáticas Patologías degenerativas de la columna lumbar
61 A 65 AÑOS Artrosis, Hipertensión Arterial. Enfermedades oncológicas. Enfermedades cardiovasculares y vasculares periféricas. Hipertencion arterial. Artrosis. Enfermedades Oncológicas

La población de beneficiaros de la Obra Social, que supera los 65 años es muy escasa ya que sólo brindamos prestaciones a afiliados en actividad laboral. Se trata de 139 personas (117 con una edad entre 65 y 69 años, 8 entre 70 y 74 años y 14 entre 75 años y más), constituidos por 30 mujeres y 109 hombres, en los cuales hemos detectado las siguientes enfermedades prevalentes:
Mujeres: Artrosis, Osteoporosis, Hipertensión arterial, Insuficiencia Cerebro vascular, Alteraciones de la vista.
Hombres: Insuficiencia cardiaca, Enfermedades vasculares periféricas, Patologías prostáticas, Alteraciones de la visión y audición.

La población blanco de este Programa está constituida por el conjunto de beneficiarios que padecen cada una de las patologías enunciadas y que vamos detectando cuando concurren a los diferentes prestadores para su asistencia e incorporando al mismo.
Los objetivos generales están centrados en asegurar a toda la población beneficiaria una cobertura prestacional integral, accesible y oportuna, que incluye la promoción el mantenimiento y la rehabilitación de la salud, basada en los principios de equidad, eficacia y calidad priorizando las acciones preventivas.
Tenemos como objetivo el mejorar la salud y la calidad de vida de nuestra población beneficiaria y realizar acciones de rehabilitación física, psíquica y social para reincorporar rápidamente al paciente a su medio habitual de vida.

Como objetivos específicos nos hemos planteado:
- Proveer asistencia médica primaria para todos los afiliados, a través de prestadores en todo el ámbito nacional.
- Ante el inicio de la Pandemia por Coronavirus, hemos puesto énfasis endivulgar en forma amplia los cuidados y las medidas de prevención que deben tener en cuenta nuestros afiliados, para evitar contraer la enfermedad y sus complicaciones.
- Si en el curso de este nuevo periodo se dan las condiciones epidemiológicas y se puede lograr una apertura de actividades presenciales, reiniciaremos con nuestra tarea de todos los años de concientizar a la población de la importancia de adquirir hábitos saludables, para ello se continuará fomentando la premisa de la importancia de la actividad física, mediante charlas y Jornadas, organizadas en las diferentes Sedes de nuestras Delegaciones y Sindicatos adheridos y en nuestros Campings con la participación de los trabajadores y sus familias y además, en las mismas se pregonará el papel de una nutrición adecuada, mediante disertaciones de especialistas en la materia, llevadas a cabo en los mismos eventos y acompañado por su transcripción publicada en nuestra página web y publicitada debidamente. Específicamente en estos temas se decidió abordarlos teniendo en cuenta la prevalencia de las enfermedades ya mencionadas en nuestra población.
- De no poder hacerlo en forma presencial, implementaremos encuentros virtuales y acentuaremos el número de publicaciones en nuestra página web y otros medios de llegada a nuestros beneficiarios, como por ejemplo el diario papelero que publica la Federación del Papel, con llegada a todos los beneficiarios del Gremio y de la Obra Social.
- Establecer criterios epidemiológicos y demográficos utilizando las metodologías de evaluación de las necesidades sanitarias de nuestra población y de los resultados obtenidos por la atención brindada.
- Desarrollar nuevos Programas de Prevención, en función de la información sobre los Grupos de Riesgo de nuestra población.
- Profundizar los modelos de atención primaria y articularla con los niveles de atención de mayor complejidad.
- Desarrollar un sistema de comunicación con los beneficiarios para que conozcan todos los servicios que brinda la Obra Social, desde las campañas de prevención hasta la cartilla actualizada de prestadores y las prestaciones que se brindan.
- Encuadrar la atención al beneficiario, propia y de las Redes prestacionales contratadas, en estándares de calidad acordes con las expectativas de los afiliados de la Obra Social.

METAS

Durante el periodo comprendido por este Programa (2023/2024) planeamos continuar con el plan trazado del rastreo de los factores de riesgo de la población beneficiaria y seguir construyendo para tal fin, los indicadores necesarios y las tasas correspondientes, ya que comenzamos hace 6 años, con un análisis semestral de los mismos.
Proveer asistencia médica primaria al 80% de nuestros beneficiarios, en el más corto plazo posible, teniendo como meta un tiempo estimado de 1 año.
Profundizar la puesta en marcha de los programas específicos hacia las sub-poblaciones de mayor riesgo y como lo venimos haciendo, priorizando el Plan Materno Infantil, el tratamiento de los casos detectados como sospechosos con sintomatología de padecer Covid 19, al Programa de Prevención del Cáncer Genital y al Cáncer Mamario a los de Prevención de Hipertensión arterial y Riesgos Cardiovasculares, al de Diabetes, al de Salud Sexual y Procreación Responsable y al Odontológico. Todo esto con la meta de que, mediante una incorporación progresiva, podamos difundir los Programas al 100% de los beneficiaros incluidos en el Plan Materno infantil, al 75 % de las mujeres incluidas en los Programas de Cáncer de cuello uterino y Cáncer de mama y al menos al 50% de la sub-poblaciones que estén incluidas en los otros enunciados, en el término de 1 año.
Promover la utilización de los servicios asistenciales primordialmente de nuestra red de prestadores y en especial de los Médicos clínicos de los Sanatorios, como instrumentos de educación en salud y pautas preventivas en relación a los programas específicos. Con tal propósito se está realizando la formación específica que involucra al 60% de los profesionales, en el primer semestre y al 40% restante en el segundo, en el curso del año del Plan Asistencial propuesto.
Finalmente nos proponemos lograr que el 100 % de nuestra población beneficiaria acceda al conocimiento del menú prestacional, con los planes, programas y coberturas que la Obra Social del Papel les ofrece, a través de diversos medios de comunicación como información a través de las cartillas, de publicaciones para tal fin, de nuestra página web, de charlas de difusión, de talleres, etc., en el término de 1 año.
Estos objetivos servirán para complementar las metas propuestas en los periodos anteriores, en el cual en algunas de ellas no se lograron los porcentajes esperados por diferentes motivos, s, en especial los socio-económicos y en el último año correspondiente al periodo anterior por los efectos de la cuarentena decretada con motivo del Covid19
En el Plan Materno Infantil, se logró el objetivo del 75% pretendido, llegamos al 35 % y pero en los demás se lograron porcentajes menores a los esperados, estimamos en un 25% en los programas de Cáncer Genital y Mamario y no logramos superar un 30 % en los demás y todo esto en los últimos 2 años, que atribuimos a factores socio culturales (no tomar conciencia de la importancia de los mismos, falta de tiempo por razones laborales o familiares, etc.), económicos, de los grupos de inclusión y primordialmente por efecto de la Pandemia y el aislamiento social preventivo y obligatorio, por lo que este año, si las condiciones lo permiten, se seguirá insistiendo en incentivar, las acciones de educación para la salud.
Con referencia a nuestra pretensión de lograr que nuestros afiliados conozcan el menú prestacional de la Obra Social, los resultados han sido satisfactorios, considerando un porcentaje de éxito del 90%, superando al del año pasado, por escaso margen, habiéndose determinado que el medio de comunicación más efectivo ha sido nuestra página web, la cual ha incrementado de manera significativa el número de consultas y reuniones informativas que llevamos a cabo a lo largo del año, en las Delegaciones de la Obra Social de todo el País.

INDICADORES.

Todas estas metas propuestas se monitorearán con las estadísticas de las consultas, de encuestas y de los estudios realizados en los diferentes prestadores de la Red asistencial.
Durante este año de continuidad en la ejecución del programa se seguirán evaluando con una periodicidad semestral los siguientes indicadores de servicios: Número de beneficiarios que han concurrido a las charlas y Jornadas de Información para la Salud / Población total.
Número de pacientes con cada una de las patologías prevalentes detectadas según rango etario/ Población total que compone el rango según Pirámide Poblacional. Este indicador se evaluará por zona geográfica y en general.
Número de pacientes incorporados a cada uno de los programas de prevención implementados / Población a quien estaba dirigido.
Número de pacientes que fehacientemente se ha comprobado que recibió información de los servicios que brinda la Obra Social / Población total.
Número de Médicos Clínicos de la Red que recibió los instructivos específicos de Educación para la Salud y Planes Preventivos para aplicar a los beneficiarios / número total de Médicos Clínicos de la Red.
En relación a los Recursos físicos, en Capital Federal y Gran Buenos Aires, la atención primaria se realiza prioritariamente con una vasta Red de Médicos clínicos de adultos y Pediatras que se desempeñan en los Policonsultorios, Sindicatos zonales y en las Clínicas Zonales, en las cuales se brinda además el 2º y 3º nivel de atención.
En el interior del País, las Clínicas zonales brindan los 3 niveles de atención, con sus equipos de Profesionales.
Todos ellos están incluidos en las Cartillas prestacionales que distribuimos entre todos nuestros beneficiarios Para evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas propuestas, exigimos a las Gerenciadoras contratadas, responsables de brindar las prestaciones, informes periódicos que deber reportar a nuestra área de auditoría en donde son analizados.
Dichos objetivos generales y los específicos con las metas pretendidas están también desarrollados en detalle en los Programas de prevención que estamos poniendo en práctica en la actualidad y que están enunciados en esta presentación, en el capítulo correspondiente.
La Obra Social tiene gerenciados los Servicios Médico-Asistenciales con la Empresa Imagen en Salud, que brinda los Sevicios Médico asistenciales en todo el País, una Empresa que brinda la cobertura Odontológica, Odontología Personalizada Sociedad Anónima (OPSA) y otra la cobertura de medicación ambulatoria con una Red de Farmacias que abarca todo el País, Compañía de Servicios Farmacéuticos.
La Gerenciadora, pone al servicio de la Obra Social una vasta red de prestadores, con planteles médicos e Instituciones, activos en todas las zonas en que residen nuestros afiliados, constituyéndose en mayor número en Capital Federal y primer cordón del Gran Buenos Aires, lugares en los cuales se distribuye más del 70 % de nuestro padrón, debiendo mencionar en el resto del País algunos polos fabriles con mayor densidad de beneficiarios como San Pedro y Zárate en la Provincia de Buenos Aires, Libertador General San Martín, en Jujuy y en toda la Provincia de Córdoba.
Los recursos económicos para brindar las prestaciones están pactados contractualmente, determinados por un valor cápita por beneficiario por mes.
La sub-población de nuestros beneficiarios que merece una atención especial es la compuesta por los niños de 0 a 3 años de edad inclusive, con la cobertura del 100% en todo concepto, en el marco del Programa Médico Infantil, hasta la edad consignada.
Además hemos implementado, con el fin de acrecentar las medidas que posibiliten el correcto cuidado de la salud de la población de nuestros beneficiarios que padecen enfermedades crónicas, la ampliación de la cobertura en medicamentos al 100%, y con prescripción médica trimestral que los obliga a cumplir con los controles necesarios.
En el ámbito laboral, se tratará de llevar a cabo, en un trabajo en conjunto con la Federación del Papel (si las condiciones sanitarias lo siguen permitiendo), con el propósito de concientizar a nuestros beneficiarios de la importancia de la prevención para minimizar los riesgos de lesiones y/o enfermedades del trabajo, reuniones, charlas explicativas y talleres con participación activa de los Profesionales Médicos de la Obra Social, en la sede de los diferentes Sindicatos zonales de todo el País.

CARTILLA ASISTENCIAL

Este anexo determina la cobertura básica en: Atención Primaria de la Salud; Atención Secundaria; Internación; Salud mental; Rehabilitación; Odontología; Medicamentos; Otras coberturas.

COBERTURA OBLIGATORIA (PMO)

1-ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD

Se brinda una cobertura integral, es decir un abordaje biopsicosocial de los problemas de salud. Se asegura un mecanismo integrado de atención en los distintos niveles de prevención primaria, secundaria y terciaria. Se provee de cuidados continuos a los beneficiarios, privilegiando su atención a partir de un médico de familia que sea el responsable de sus cuidados, y donde los beneficiarios referidos tengan el derecho a conocer el nombre de su médico, así como los de los demás proveedores de servicios, quienes están obligados a conocer y acompañar en forma integral a los pacientes en el cuidado de su salud, en su recuperación y en su rehabilitación.

PROGRAMAS DE PREVENCIÓN PRIMARIA

PLAN MATERNO INFANTIL

Este programa comprende a las embarazadas y a los niños hasta los tres (3) años de edad.
Comprende:
Cobertura del 100% de la atención integral del embarazo, parto y del recién nacido hasta los tres (3) años de edad, de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27.611. Cobertura del 100% en medicamentos inherentes al estado de embarazo, parto y puerperio para la madre y del 50% para medicamentos ambulatorios no relacionados de modo directo con el embarazo y posterior nacimiento del niño. Cobertura del 100% en medicamentos para el niño hasta los tres (3) años de vida.
Atención del embarazo
En embarazos normales se realizará un control mensual hasta la semana 35, quincenal de la 35 a la 38 y semanal desde la 38 hasta el parto. En embarazos de riesgo, se deberán contemplar controles sin restricciones, con la cobertura de los estudios que cada patología requiera.
Atención del recién nacido hasta los tres (3) años de vida
La atención del recién nacido hasta cumplir tres (3) años de edad debe tener una cobertura al 100% tanto en internación como en ambulatorio. Toda esta atención debe quedar exceptuada del pago de todo tipo de coseguros. Se cubrirán consultas de seguimiento y control, inmunizaciones del período, cobertura del 100% de la medicación requerida para los tres (3) primeros años de vida, siempre que ésta figure en el listado de medicamentos esenciales.
Prestaciones incluidas en la Ley Nº 26.279 con cobertura al 100%: fenilcetonuria, hipotiroidismo neonatal, fibrosis quística, galactosemia, hiperplasia suprarrenal congénita, deficiencia de biotinasa, retinopatía del prematuro, chagas y sífilis.
A fin de estimular la lactancia materna, no se cubrirán las leches maternizadas, salvo expresa indicación médica, con evaluación de la auditoría médica. Se dará cobertura de leches medicamentosas, según Ley 27.305.
Se dará cobertura a las prestaciones contempladas en la la ley 25.415, Programa Nacional de Detección Temprana y Atención de la Hipoacusia.

1.2-PROGRAMA DE PREVENCIÓN DEL CÁNCER DE CUELLO UTERINO

Este programa se orienta a mujeres desde los 18 años y sin límite de edad superior.
Tiene como objetivo principal contribuir a la reducción de la incidencia y mortalidad por esta enfermedad.Deberá garantizarse la consulta ginecológica anual y el acceso oportuno con cobertura del 100% a las prácticas de pesquisa temprana/métodos de screening. La Superintendencia de Servicios de Salud publicará las actualizaciones que, basadas en la evidencia científica, deberán ser incorporadas en la presentación anual de la Cartilla Prestacional.

1.3-PROGRAMA DE PREVENCIÓN DEL CÁNCER DE MAMA

Este programa se orienta a mujeres desde los 35 años y sin límite de edad superior. Para mujeres con riesgo aumentado, se intensificará el control a edades más tempranas.
Se propone reducir la morbilidad y la mortalidad relacionadas con esta enfermedad, con la misión de promover y asegurar la calidad y equidad del cuidado de las mujeres de riesgo, con sospecha o confirmación de cáncer de mama.
El diagnóstico precoz del cáncer de mama es el instrumento más importante en el pronóstico de la enfermedad y la supervivencia de la paciente. Deberá garantizarse la consulta ginecológica anual y el acceso oportuno con cobertura del 100% a las prácticas de pesquisa temprana/métodos de screening. La Superintendencia de Servicios de Salud publicará las actualizaciones que, basadas en la evidencia científica, deberán ser incorporadas en la presentación anual de la Cartilla Prestacional.

1.4-PROGRAMA DE PREVENCIÓN DEL CÁNCER DE COLON

Este programa se orienta a pacientes mayores de 50 años de edad o aquellos con factores de riesgo que aumentan la probabilidad de padecerlo.
El diagnóstico precoz en cáncer de colon modifica los desenlaces de mortalidad, morbilidad y calidad de vida de los pacientes.
Deberá garantizarse los controles periódicos a través de rastreos con estrategia de sangre oculta en materia fecal y/o colonoscopía. La Superintendencia de Servicios de Salud publicará las actualizaciones que, basadas en la evidencia científica, deberán ser incorporadas en la presentación anual de la Cartilla Prestacional.

1.5-PROGRAMA DE ODONTOLOGÍA PREVENTIVA

Este programa se orienta a la totalidad de la población beneficiaria, en especial a embarazadas y menores de 18 años.
Toda práctica incluida en el programa tendrá una cobertura del 100% a cargo de la Obra Social.

Acciones:
• Promover acciones de prevención a través de la educación para la salud (limpieza y pulido de las superficies y topicación con flúor, selladores de fosas y fisuras, enseñanza de técnicas de higiene bucal, consulta periódica)
• Desarrollar una campaña por medio de trípticos o cualquier otro tipo de información en beneficio de la salud bucal.
• Se llevarán a cabo consultas que contemplen las siguientes actividades:
• Examen del niño sano para la detección de caries.
• Topicaciones con flúor y enseñanza del cepillado dental.
• Orientación nutricional con el objeto de racionalizar el consumo de productos causantes de caries.

1.6-PROGRAMA DE SALUD SEXUAL Y PROCREACIÓN RESPONSABLE

Este programa se orienta a la población sexualmente activa, independientemente de la edad.
Objetivos
a) Alcanzar para la población el nivel más elevado de salud sexual y procreación responsable con el fin de que pueda adoptar decisiones libres de discriminación, coacciones o violencia
b) Disminuir la morbimortalidad materno-infantil
c) Prevenir embarazos no deseados
d) Promover la salud sexual de los adolescentes
e) Contribuir a la prevención y detección precoz de enfermedades de transmisión sexual, de VIH/sida y patologías genital y mamarias
f) Garantizar a toda la población el acceso a la información, orientación, métodos y prestaciones de servicios referidos a la salud sexual y procreación responsable
g) Potenciar la participación femenina en la toma de decisiones relativas a su salud sexual y procreación responsable.
Cobertura
• A demanda de los beneficiarios y sobre la base de estudios previos, se podrán prescribir y suministrar los métodos y elementos anticonceptivos que deberán ser de carácter reversible, no abortivos y transitorios, respetando los criterios o convicciones de los destinatarios, salvo contraindicación médica específica y previa información brindada sobre las ventajas y desventajas de los métodos naturales y aquellos aprobados por la ANMAT
• Cobertura al 100% de ligadura de trompas y vasectomía, según lo establece la Ley 26.130.
• Cobertura de Anticoncepción Hormonal de Emergencia (AHE), de acuerdo con lo establecido por la Resolución Nº 232/07 del Ministerio de Salud de la Nación.
• Cobertura al 100% de implante subdérmico, sistema intrauterino de liberación de levonorgestrel (SIU/DIU-LNG), Dispositivo Intrauterino (DIU-Cu), su colocación y extracción, como métodos anticonceptivos, de conformidad con la Ley 25.673 y la Resolución 2922/2019-MsyDS.

2- ATENCIÓN SECUNDARIA

Todas las especialidades de cobertura obligatoria

ESPECIALIDADES
• Anatomía Patológica
• Anestesiología
• Cardiología
• Cirugía cardiovascular
• Cirugía de cabeza y cuello
• Cirugía general
• Cirugía infantil
• Cirugía plástica reparadora
• Cirugía de tórax
• Clínica médica
• Diagnóstico por imágenes: Radiología, tomografía computada, resonancia magnética y ecografía.
• Endocrinología
• Infectología
• Fisiatría (medicina física y rehabilitación)
• Gastroenterología
• Geriatría
• Ginecología
• Dermatología

• Hemoterapia
• Medicina familiar y general
• Medicina nuclear: diagnóstico y tratamiento
• Nefrología
• Neonatología
• Neumonología
• Neurología
• Nutrición
• Obstetricia
• Hematología
• Oftalmología
• Oncología
• Ortopedia y traumatología
• Otorrinolaringología
• Pediatría
• Psiquiatría
• Reumatología
• Terapia intensiva
• Urología
✔Se asegura la consulta en consultorio e internación.
✔Se asegura la consulta de urgencia y emergencia en domicilio.
✔En los mayores de 65 años que no puedan movilizarse, se asegura la consulta programada en domicilio con un coseguro, según lo previsto por la Resolución Nº 58/2017del Ministerio de Salud de la Nación o la norma que a sustituya.
✔En todo otro grupo etario donde el paciente esté imposibilitado de desplazarse, quedará a discreción de la auditoría del Agente del Seguro la provisión de atención programada en domicilio
✔Se incorpora la modalidad de consultas remotas mediante el uso de plataformas de teleasistencia y/o teleconsultas, siempre que se asegure la misma calidad de atención médica integral, según lo dispuesto por la Resolución Nº 282/2020 del Ministerio de Salud de la Nación.

PRÁCTICAS Y ESTUDIOS COMPLEMENTARIOS AMBULATORIOS DIAGNÓSTICOS Y TERAPÉUTICOS.
• Se dará cobertura a todas las prácticas diagnósticas y terapéuticas detalladas en el Anexo II del Plan Médico Obligatorio (Resolución MSAL 201/2002 PMO), considerando el material descartable y los medios de contraste como parte de la prestación que se realiza.
• Se incorpora la emisión de órdenes para prácticas y estudios a través de mensajes de texto o de aplicaciones de mensajería vía web, mail, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 27.553 y Resolución 282/2020 del Ministerio de Salud de la Nación.

3- INTERNACIÓN

Se asegura el 100% de la cobertura en la internación en cualquiera de sus modalidades (institucional, hospital de día o domiciliaria). Todas las prestaciones y prácticas que se detallan en el Anexo II de la Resolución Nº 201/2002 MSAL, se encuentran incluidas dentro de la cobertura.
Comprende la internación clínico-quirúrgica general y especializada, programada y de urgencia, de baja, mediana y alta complejidad y cirugía ambulatoria.

4- SALUD MENTAL

Se asegura la cobertura prevista en la Ley Nº 26.657 y en el decreto reglamentario Nº 603/2013, sin limitaciones en cuanto al número de sesiones ni los días de internación. Esto incluye las modalidades de entrevista psiquiátrica, psicológica, psicopedagogía, psicoterapia individual, psicoterapia grupal, psicoterapia de familia y de pareja, psicodiagnóstico. En la internación se cubrirán patologías agudas en las modalidades institucional u hospital de día.

Responsable: Lic. Debora Fretes
Línea Telefonica: 4126-0900

5- REHABILITACIÓN

Se dará el 100% de cobertura ambulatoria para rehabilitación motriz, psicomotriz, fonoaudiología, readaptación ortopédica y rehabilitación sensorial
• Kinesioterapia: hasta 25 sesiones por beneficiario por año calendario
• Fonoaudiología: hasta 25 sesiones por beneficiario por año calendario
• Estimulación temprana: en los términos que se define en el Anexo II de la Resolución 201/2002 del Ministerio de Salud de la Nación.
• Grandes accidentados y otras patologías graves crónicas: hasta 6 meses, pudiendo ser prorrogado este plazo por autorización de la Auditoría Médica de Prestaciones y/o la Coordinación Prestacional mientras se documente un progreso objetivo en la evolución y por plazos no mayores de un mes por vez.

6- ODONTOLOGÍA

• Consulta. Diagnóstico. Fichado y plan de tratamiento. incluye examen, diagnóstico y plan de tratamiento. Se considera como primera consulta y comprende la confección de la ficha odontológica.
• Consulta de urgencia Se considera consulta de urgencia a toda consulta sin turno previo, que resuelva la demanda espontánea. El beneficiario, una vez resuelta la urgencia, podrá consultar a su odontólogo general para iniciar el tratamiento definitivo de la patología que lo afecte. No se contempla dentro de esa consulta la realización de prácticas no cubiertas, a excepción del cementado de puentes y coronas que no requieran de restauración protética.
• Cobertura de las prácticas detalladas en Resolución Nº 201/2002 del Ministerio de Salud de la Nación.

7- MEDICAMENTOS

Ley Nº 25.649 y Decreto Nº 987/2003, de Promoción de la Utilización de Medicamentos por su nombre genérico.
Conforme lo establece el art. 2º de la Resolución Nº 310/2004 del Ministerio de Salud de la Nación, modificatoria de la Resolución Nº 201/2002 MSAL, contemplando:
• Cobertura del 50% de los medicamentos ambulatorios de uso habitual que figuran en el Anexo III
• Cobertura del 100% con auditoría previa para los medicamentos destinados a patologías crónicas prevalentes, conforme el precio de referencia (monto fijo) que se publica en el Anexo IV y para las formas farmacéuticas, concentraciones y presentaciones de cada medicamento, que allí se individualizan (7.1), a fin de propiciar el cumplimiento de los tratamientos evitando las complicaciones propias del abandono de los tratamientos referidos. Constituye una medida sanitaria que mejora la accesibilidad económica de los beneficiarios y que también evita los gastos generados por el incumplimiento terapéutico.
Actualización mensual Superintendencia de Servicios de Salud / Consultas Web / Medicamentos. - Los medicamentos utilizados durante la internación tienen cobertura del 100%.
• Cobertura del 100%
- Eritropoyetina destinada al tratamiento de la Insuficiencia Renal Crónica.
- Dapsona, destinada al tratamiento de lepra en cualquiera de sus formas clínicas.
- Medicamentos de uso oncológico según protocolos aprobados por la autoridad de aplicación.
- Inmunoglobulina antihepatitis B según recomendaciones de uso del Anexo III de la Resolución Nº 310/04 MSAL. - Drogas para el tratamiento de la Tuberculosis.
- Cobertura de la piridostigmina (comp.60mg.) destinado al tratamiento de la Miastenia Gravis de acuerdo a la Resolución Nº 791/99 MSyAS.
- Cobertura del 100% de los medicamentos de uso anticonceptivo incluidos en los Anexos III y IV de la Resolución 310/04 y que se encuentran explícitamente comprendidos en la norma de aplicación emergente de la Ley 25.673 de Salud Sexual y Procreación Responsable. Cobertura del 100% de:
- Anticonceptivos intrauterinos, dispositivos de cobre. Condones con o sin espermicidas, diafragmas y espermicidas, comprendidos en el Programa de Salud sexual y Procreación Responsable.
- Cobertura del 100% de la medicación de soporte clínico de la quimioterapia destinada a la prevención y tratamiento de los vómitos inducidos por los agentes antineoplásicos según los protocolos oncológicos aprobados por la autoridad de aplicación. - Cobertura del 100% de la medicación analgésica destinada al manejo del dolor de pacientes oncológicos aprobados por la autoridad de aplicación.
- Cobertura al 100% de los medicamentos destinados a los pacientes comprendidos en leyes de protección de grupos vulnerables.
- Cobertura de medicamentos de alternativa terapéutica, según las recomendaciones de uso establecidas en el Anexo V (7.1).
- En el caso de consultas remotas a través de plataformas de teleconsulta, se autoriza la prescripción de medicamentos en recetas por vía de mensajes de texto o de aplicaciones de mensajería vía web, mail. Ley 27.553, Resolución Nº 281/2020 MSAL y Nº 696/2020 MSAL
- Análogos de la gonadotrofina: Leuprolida Acetato (también conocido como Leuprolide acetato o Acetato de leuprolida), Triptorelina y Triptorelina pamoato, para tratamiento de la Pubertad Precoz Central, de conformidad con la Resolución Nº 3437/2021-MS.

SISTEMA ÚNICO DE REINTEGRO DE GESTIÓN DE ENFERMEDADES (SURGE)

Se garantiza el acceso con el 100% de cobertura a los medicamentos, insumos y prestaciones incluidos en el Sistema Único de Reintegro de Gestión de Enfermedades, sobre la base de lo dispuesto por la Resolución Nº 731/2023-SSSALUD y sus normas complementarias, para los beneficiarios de Agentes del Seguro de Salud.

8-OTRAS COBERTURAS CUIDADOS PALIATIVOS

El cuidado paliativo es la asistencia activa y total de los pacientes por un equipo multidisciplinario, cuando la expectativa de vida del paciente no supera el lapso de 6 meses, por no responder al tratamiento curativo que le fue impuesto. Los objetivos aquí serán aliviar el dolor, los síntomas y el abordaje psicosocial del paciente. La cobertura estará dada en función del marco general que marca el PMO, brindando las prestaciones que se mencionan en los Anexos II y III con un 100% de cobertura.

HEMODIÁLISIS Y DIÁLISIS PERITONEAL CONTÍNUA AMBULATORIA
La cobertura será del 100%. Constituye requisito indispensable la inscripción de los pacientes en el INCUCAI dentro de los primeros 30 días de iniciado el tratamiento. La auditoría Médica establecerá la modalidad a ser cubierta según la necesidad individual de cada beneficiario.
Tendrá cobertura de Eritropoyetina al 100%

OTOAMPLÍFONOS - AUDÍFONOS
Se asegura la cobertura de otoamplífonos al 100% en niños de hasta 15 años, a fin de garantizar un adecuado nivel de audición que les permita sostener una educación que maximice las potencialidades personales de cada beneficiario.

COBERTURA EN ÓPTICA
Se asegura la cobertura de anteojos con lentes estándar, en un 100% a niños de hasta 15 años, salvo cambio de graduación.
La Obra Social del Papel brinda la cobertura de anteojos standars y lentes de contacto sin cargo y sin límites de edad.

PRÓTESIS Y ÓRTESIS
La cobertura será del 100% en prótesis e implantes de colocación interna permanente y del 50% en ortesis y prótesis externas.
Las indicaciones médicas se efectuarán por nombre genérico, sin aceptar sugerencias de marcas, proveedor u especificaciones técnicas que orienten la prescripción encubierta de determinado producto. Sólo se admitirán prótesis importadas cuando no exista similar nacional.

TRASLADOS EN AMBULANCIA
Se da cobertura al 100% a aquellos afiliados que no puedan trasladarse desde, hasta o entre establecimientos de salud y cuyo traslado sea necesario para el diagnóstico y/o tratamiento de su patología.
La Auditoría Médica podrá autorizar otros traslados de acuerdo a la necesidad de los beneficiarios.

9- COBERTURA ESPECÍFICA

DISCAPACIDAD
Se garantiza el acceso integral a la cobertura establecida en la Ley Nº 24.901 y su Decreto reglamentario, en el marco del Nomenclador de Prestaciones Básicas para personas con discapacidad según lo establecido por resolución Nº 428/99 MSAL y normas complementarias.

HIV - ADICCIONES - ALCOHOLISMO
Se dará cobertura según Ley Nº 24.455
Cobertura el 100% de los tratamientos médicos, psicológicos y farmacológicos.
Los beneficiarios contarán con una atención ambulatoria y de internación tanto para desintoxicación como de internación en comunidades a través de los siguientes servicios: Consulta y Orientación, Hospital de Día, Hospital de Noche, Internación Psiquiátrica para desintoxicación con terapéutica y medicación específica, Internación en “comunidades terapéuticas” autorizadas.

OBESIDAD
Se dará cobertura, según Ley Nº 26.396 (Resolución Nº 742/2009-MSAL Anexo I) Cobertura de pacientes adultos con índice de masa corporal (IMC) igual o mayor a treinta (30) con al menos una comorbilidad.
1- COBERTURA AMBULATORIA
2- COBERTURA DE SEGUIMIENTO DEL TRATAMIENTO
3- TRATAMIENTO FARMACOLÓGICO
Estarán cubiertos con el SETENTA POR CIENTO (70%) de descuento:
- ORLISTAT
- Inhibidor de la absorción de grasas
4- TRATAMIENTOS QUIRÚRGICOS PARA ÍNDICE DE MASA CORPORAL IGUAL O MAYOR A CUARENTA (40) KG/M2

PROCEDIMIENTOS QUIRÚRGICOS CON COBERTURA
- Banda gástrica ajustable (BGA)
- By-pass gástrico

CELIAQUÍA
Se dará cobertura, según Ley Nº 26.588 y su modificatoria Ley Nº 27.196 y Decreto Reglamentario Nº 528/2011 –PEN y su modificatoria Decreto Nº 754/2015- PEN. Se brindará la cobertura en concepto de harinas y premezclas libres de gluten acorde al monto establecido en la RESOL-2019-775-APN-SGS#MSYDS. Conforme a la Resolución Nº 102/2011 MSAL, se incorpora la pesquisa a través del marcador sérico IgA para la detección de la enfermedad celíaca.
Se garantiza el acceso a las determinaciones incluidas en la Resolución Nº 1408/2017 MSAL a fin de acreditar la condición de paciente celíaco mediante la “constancia médica de Enfermedad Celiaca”.

IDENTIDAD DE GÉNERO
Se dará cobertura, según lo establecido en la Ley Nº 26.743, a tratamientos hormonales como quirúrgicos de reasignación genital total o parcial y según Resolución Nº 3159/2019-MSyDS a los tratamientos de Hormonización.

DIABETES MELLITUS
Se dará cobertura, según Ley Nº 26.914 y Resolución 764/2018-MSyDS 100% en medicamentos y reactivos de autocontrol para pacientes diabéticos (cualquier tipo), como así también en cantidades necesarias, según lo prescriba su médico. Cobertura del 100% en insulina, jeringas y agujas; tiras reactivas e hipoglucemiantes orales. Para pacientes diabéticos insulinodependientes lábiles participantes en programas específicos de prevención secundaria se seguirán los lineamientos del tratamiento intensificado, según la resolución vigente.

REPRODUCCIÓN MÉDICAMENTE ASISTIDA
Se dará cobertura, según Ley Nº 26.862 y decreto reglamentario 956/2013.
Tiene por objeto garantizar el acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida.
Se entiende por reproducción médicamente asistida a los procedimientos y técnicas realizados con asistencia médica para la consecución de un embarazo. Quedan comprendidas las técnicas de baja y alta complejidad que incluyan o no la donación de gametos y/o embriones.
Podrán incluirse nuevos procedimientos y técnicas desarrollados mediante avances técnico- científicos, cuando sean autorizados por la autoridad de aplicación.
Se brinda al 100% la cobertura integral interdisciplinaria del abordaje, el diagnóstico, los medicamentos y las terapias de apoyo y los procedimientos y las técnicas que la Organización Mundial de la Salud define como de reproducción médicamente asistida.

CIRUGÍAS RECONSTRUCTIVAS
Se dará cobertura, según Ley Nº 26.872, a las cirugías reconstructivas como consecuencia de una mastectomía por patología mamaria, así como la provisión de las prótesis necesarias.

ABORDAJE INTEGRAL E INTERDISCIPLINARIO DE LAS PERSONAS QUE PRESENTAN TRASTORNOS DEL ESPECTRO AUTISTA
Se dará cobertura según Ley Nº 27.043.

PACIENTES OSTOMIZADOS
Se dará cobertura total de los dispositivos y elementos accesorios para las personas ostomizadas según lo establece la Ley Nº 27.071.

ABORDAJE INTEGRAL E INTERDISCIPLINARIO DE LOS SUJETOS QUE PRESENTAN DIFICULTADES ESPECÍFICAS DEL APRENDIZAJE
Se dará cobertura según Ley Nº 27.306.

LECHES MEDICAMENTOSAS
Se dará cobertura, según Ley Nº 27.305, que establece la obligatoriedad de la cobertura integral de leche medicamentosa para consumo de quienes padecen alergia a la proteína de la leche vacuna (APLV), así como también de aquellos que padecen desórdenes, enfermedades o trastornos gastrointestinales y enfermedades metabólicas, las que quedan incluidas en el Programa Médico Obligatorio (PMO), sin límite de edad para esta cobertura. Requiere prescripción médica que justifique la indicación.

PROTECCIÓN INTEGRAL PARA PERSONAS TRASPLANTADAS (LEYES Nº 26.928 y 27.447)
Garantizar a las personas trasplantadas y las que se encuentren en lista de espera la cobertura del ciento por ciento (100%) en la provisión demedicamentos, estudios diagnósticos y prácticas de atención de su estado de salud de todas aquellas patologías que estén, directa o indirectamente, relacionadas con el trasplante.

FIBROSIS QUÍSTICA
Según la Ley 27.552 y la Resolución 2894/2019 MSAL, se dará cobertura al 100 % de los medicamentos y productos médicos destinados al tratamiento de la Fibrosis Quística incorporada al apartado 7.3 del Anexo I de la Resolución Nº 201/02 MSAL.
El Programa Médico Obligatorio debe cumplir con el Programa de Vigilancia de la Salud y Control de Enfermedades (VIGIA) en el ámbito de la Seguridad Social (según ordena el Decreto 865/2000), a fin de garantizar la salud de la población en especial en emergencias sociales en donde hay que adoptar todas las medidas necesarias para que el número de personas vulnerables a enfermedades transmisibles y no transmisibles no aumente.

INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO
En el marco de la Ley 27.610, se dará cobertura integral y oportuna a las personas gestantes a fin de acceder a la interrupción voluntaria del embarazo y a la atención postaborto.
Art. 4º- Interrupción voluntaria del embarazo. Las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar tienen derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo hasta la semana catorce (14), inclusive, del proceso gestacional
Art. 5º- Derechos en la atención de la salud. Toda persona gestante tiene derecho a acceder a la interrupción de su embarazo en los servicios del sistema de salud o con su asistencia, en un plazo máximo de diez (10) días corridos desde su requerimiento y en las condiciones que se establecen en la presente ley y en las leyes 26.485, 26.529 y concordantes.

BENEFICIOS EXCLUSIVOS DE LA OBRA SOCIAL QUE EXCEDEN EL PMO

PLAN MATERNO INFANTIL: extensión de la cobertura a los niños de hasta 3 años de edad inclusive.
Cobertura de prácticas excluidas del PMO, con justificación médica y a criterio de Auditoria Médica.

ODONTOLOGÍA: Tratamientos con luz halógena en todas las piezas dentarias.
Cobertura del 50% del valor promedio de plaza de perno, muñón y corona

MEDICACIÓN AMBULATORIA: cobertura del 50% de todo medicamento de venta bajo receta y del 100% de aquellos destinados a patologías crónicas prevalentes que constan en la Resolucion 310/04.

ÓPTICA: cobertura de anteojos standars y lentes de contacto, sin límites de edad.
Prótesis oculares y Anteojos para visión sub normal con cobertura al 100%

10- EXCLUSIONES DE COBERTURA

Los tratamientos, prácticas o cirugías enunciados a continuación no son de cobertura obligatoria, salvo que fueren incluidos en sus cartillas y/o planes por parte de los Agentes del Seguro de Salud o Entidades de Medicina Prepaga.
• No avalados científicamente
• En etapa experimental.
• Que se opongan a normas legales vigentes
• Que se contrapongan al proceso natural de vida del individuo
• Supuestos atendidos por las ART
• Extras sanatoriales
• Ambulancia aérea
• Podología, cosmiatría, hidroterapia. Terapias o curas de revitalización o rejuvenecimiento, anti-stress
• Medicina alternativa
• Tratamientos y operaciones no reconocidas por Sociedades Científicas y/o Instituciones Oficiales
• Antiseborreicos, bio-organoterápicos capilares, champúes (salvo para pediculosis)
• Tratamientos desensibilizantes de alergias/vacunas que no figuren en el Manual Farmacéutico.

PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE CALIDAD DE LA ATENCION MEDICA (PNGC)
Se da cumplimiento al contenido del programa como también a sus Normas y Resoluciones.

PROGRAMA DE VIGILANCIA DE LA SALUD (VIGIA)
Se pone en práctica y está destinado a garantizar la salud de los beneficiarios, especialmente a aquellos en emergencia social y a personas vulnerables a enfermedades transmisibles y no transmisibles.

ANEXO I, PUNTOS I y III

NÚMERO DE PRESTADORES DE PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN
Capital Federal y Gran Buenos Aires: 453
Resto de la Provincia de Buenos Aires: 1101
Provincia de Catamarca: 3
Provincia de Còrdoba: 337
Provincia de Entre Ríos: 532
Provincia de Jujuy: 35
Provincia de la Rioja: 18
Provincia de Mendoza: 156
Provincia de Misiones: 21
Provincia de Neuquén: 98
Provincia de Río Negro: 180
Provincia de San Juan: 12
Provincia de San Luis: 38
Provincia de Santa Fe: 435
Provincia de Santiago del Estero: 5
Provincia de Tucumán: 199

NÚMERO DE PRESTADORES DE SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN
Capital Federal y Gran Buenos Aires: 101
Resto de la Provincia de Buenos Aires: 110
Provincia de Catamarca: 2
Provincia de Còrdoba: 78
Provincia de Entre Ríos: 102
Provincia de Jujuy: 6
Provincia de la Rioja: 3
Provincia de Mendoza: 13
Provincia de Misiones: 5
Provincia de Neuquén: 17
Provincia de Río Negro: 19
Provincia de San Juan: 2
Provincia de San Luis: 7
Provincia de Santa Fe: 123
Provincia de Santiago del Estero: 2
Provincia de Tucumán: 35

PRESTADORES DE TERCER NIVEL DE ATENCIÓN CAPITAL FEDERAL Y GRAN BUENOS AIRES

INTERIOR DEL PAÍS

ANEXO I, PUNTO II
PROGRAMAS PREVENTIVOS. POBLACIÓN BAJO PROGRAMA

PROGRAMA DE CONTROL DEL NIÑO MENOR DE 1 AÑO:
La población blanco de este programa estuvo constituida por el conjunto de niños menores de un año de edad, de la ciudad de Buenos Aires y Conurbano, beneficiarios de la institución, que no presentaran patologías que requirieran cuidados y controles especiales. Su número fue de 250 niños para el periodo anterior.
PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE CÁNCER GENITAL (CUELLO UTERINO)
La población blanco de este programa, está constituida por el conjunto de beneficiarias de sexo femenino mayores de 18 años (o antes si ha iniciado sus relaciones sexuales ), sin límite de edad superior, de la Ciudad de Buenos Aires y Conurbano Bonaerense.
PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE CÁNCER DE MAMA
La población blanco de este programa está constituida por el conjunto de beneficiarias de sexo femenino mayores de 35 años, sin límite de edad superior, de la Ciudad de Buenos Aires y Conurbano Bonaerense.
PROGRAMA DE SALUD SEXUAL Y PROCREACIÓN RESPONSABLE
La población blanco de este programa está constituida por el conjunto de beneficiarios, mujeres y varones, a partir de la pubertad.
PROGRAMA DE CONTROL PRENATAL
La población blanco de este programa está constituida por el conjunto de beneficiarias de la Ciudad de Buenos Aires y Conurbano que cursaron un embarazo durante el periodo Junio 2020/ Mayo 2021.
PROGRAMA DE CONTROL EN ODONTOLOGÍA
Está destinado a Mujeres embarazadas y niños de hasta 15 años de edad.

ANEXO II
SISTEMA BÁSICO DE DATOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

A. DEMOGRÁFICOS
1. TASA DE NATALIDAD: 17
B. DEL ESTADO DE SALUD-ENFERMEDAD
1. TASA DE MORTALIDAD GENERAL: 7,05
2. TASA DE MORTALIDAD INFANTIL: 3,5
SUBCATEGORÍAS
NEONATAL: 2,4
POST-NEONATAL: 1,1
3. TASA DE MORTALIDAD MATERNA: 1,8
4. PREVALENCIA DE BAJO PESO AL NACER: 4,28
5. SALUD BUCO DENTAL: ÍNDICE CPOD A LOS 12 AÑOS DE EDAD: 3,80
6. PREVALENCIA DE SOBREPESO EN POBLACIÓN ADULTA:
MUJERES: 41%
HOMBRES: 43%
7. PREVALENCIA DE DIABETES I Y II EN POBLACIÓN GENERAL.: 17,7
8. EGRESOS HOSPITALARIOS Y/O SANATORIALES POR ENFERMEDAD DIABÉTICA Y SUS COMPLICACIONES: 3,3
9. PREVALENCIA DE HIPERTENSIÓN ARTERIAL EN POBLACIÓN EN GENERAL: 30,1
10. EGRESOS HOSPITALARIOS Y/O SANATORIALES POR HIPERTENSIÓN ARTERIAL Y SUS COMPLICACIONES: 2,9

PROGRAMAS DE PREVENCIÓN

- PROGRAMA DE SALUD SEXUAL Y PROCREACIÓN RESPONSABLE  [Ver aqui...]
- PROGRAMA DE CONTROL DEL NIÑO MENOR DE UN AÑO  [Ver aqui...]
- PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE CÁNCER DE MAMA  [Ver aqui...]
- PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE CANCER GENITAL (CUELLO UTERINO)  [Ver aqui...]
- PROGRAMA DE CONTROL PRENATAL  [Ver aqui...]
- PROGRAMA DE PREVENCIÓN ODONTOLÓGICA  [Ver aqui...]
- PROGRAMA DE PREVENCIÓN CONTRA ENFERMEDAD DE CHAGAS Y DENGUE  [Ver aqui...]

  FORMULARIOS / DESCARGAS.

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Formulario Reintegro - Frente Formulario Reintegro - Reverso
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Leche Maternizada Paciente Diabetico
Formulario Leche Medicamentosa Formulario Leche Medicamentosa
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Salud Sexual... Cronicidad
Formulario Leche Medicamentosa Formulario de Cronicidad
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Alta complejidad  
Formulario Alta Complejidad
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